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Código civil compraventa de inmuebles - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, según su artículo 1.446, que el pago de la compraventa consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que establece que sea veraz, esto es, que quede totalmente demarcado y recogido en el documento, siendo necesario para ello que el coste sea acordado, no pudiéndose consignar unilateralmente por ninguna de las partes actuantes.
De esta manera, una parte fundamental del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en la finalidad del contrato y en el coste, aunque no se hayan entregado.
Así las cosas, hay múltiples contratos que tienen relación con el otorgamiento de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Código civil compraventa de inmuebles - Características de nuestro servicio
En cuanto a las labores que desempeña un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, vamos a tratar de de sintetizarlas, dado que son extensas y, en la mayor parte de las ocasiones, complicadas:
- En primer lugar, se debe obtener información registral de la propiedad, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se sitúe la misma que nos informe en qué situación se encuentra la propiedad: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi práctica imprescindible antes de empezar a formalizar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se recojan cláusulas acordadas entre vendedor y comprador, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y transmitir al cliente qué tipo de gastos le va a ocasionar, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio coste de la vivienda. Una de las funciones desempeñadas por los abogados consiste también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos encargamos de llegar a acuerdos como representantes de nuestros clientes, y lograr, en muchas ocasiones, que se cumplan los fines marcados en cuanto a obtener el precio buscado a cambio de la vivienda cuando queremos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos ocupamos de verificar si las partes están capacitadas para realizar la enajenación o transferencia de la propiedad, puesto que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Código Civil otorga competencia para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no impone la Ley a oficializar los contratos de compraventa en una notaría, aunque evidentemente, resulta muy recomendable. Es decir, Pedro puede vender a Javier su casa mediante un contrato formalizado entre ellos, sin necesidad de acudir al Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que su inscripción nos puede dar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para evitar inconvenientes en un futuro.
Código civil compraventa de inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Dada nuestra profesión, sabemos que los problemas legales que pueden perjudicar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes económicamente como en situación de compraventa de viviendas, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro capital, aconsejamos acudir a un experto una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una vivienda.
Es cierto que podemos postergar el momento de recurrir a un abogado cuando tengamos escogida la vivienda: en ese momento, tendríamos que comenzar a gestionar toda la documentación que hemos comentado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos asesore y guíe sobre los pasos a seguir: obtención de datos registrales, acuerdo para el intercambio de opiniones sobre el precio, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que tengamos la intención de suscribir un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y a pesar de nuestra ayuda, suele ser frecuente en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel jurídico, por lo que estamos totalmente habituados a trabajar en circunstancias en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que curar.
Confiamos que el presente post os ayude a comprender en qué se basan los contratos de arrendamiento sobre vivienda y cuáles son las funciones que desempeña un abogado, pero si os surge cualquier clase de duda, como siempre indicamos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.